viernes, 14 de febrero de 2020

Impuesto Fiscal Vs. Impuesto Parafiscal

En principio debemos definir qué significa impuesto, fiscal y parafiscal. Empezando por definir cuál es la definición de impuesto, para ello buscamos asesoría en  Villegas  quien nos explica que el impuesto,

“…es el tributo exigido por el estado, a quienes se  hallan  en  las  situaciones  consideradas  por  la  ley  como generadoras de la obligación  de  tributar hechos  imponibles,  situaciones  estas  ajenas  a  toda concreta acción gubernamental vinculada a los pagadores.”


Y en Giuliani quien define los impuestos...
“como  las  prestaciones  en  dinero  o  en  especie,  exigidas  por  el  estado  en  virtud   de  su  poder  de  imperio, a  quienes  se  hallen  en  las  situaciones consideradas por la ley como hecho imponible"
Entonces, tenemos que el impuesto nos es más que el dinero que has de pagar por un hecho imponible, éste hecho imponible lo establece la ley, en Venezuela, el Código Orgánico Tributario quien define como hecho imponible en su Capítulo IV,
“Artículo 36. El hecho imponible es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.
Artículo 37. Se considera ocurrido el hecho imponible y existente sus resultados:
1. En las situaciones de hecho, desde el momento que se hayan realizado las circunstancias materiales necesarias para que produzcan los efectos que normalmente les corresponden.
2. En las situaciones jurídicas, desde el momento en que estén definitivamente constituidas de conformidad con el derecho aplicable.
Artículo 38. Si el hecho imponible estuviere condicionado por la ley o fuere un acto jurídico condicionado, se le considerará realizado:
1.      En el momento de su acaecimiento o celebración, si la condición fuere resolutoria.
2.      Al producirse la condición, si ésta fuere suspensiva”
Es decir, cualquier acto generador de renta dentro del territorio nacional que la ley pueda tipificar como un hecho imponible genera un tributo y por ende es impuesto. Ahora bien, para terminar de entender cuál es fiscal y cuál es para fiscal, definamos éstos términos, para la Real Academia Española, por ejemplo, fiscal significa entre otras definiciones:

“adj. Perteneciente o relativo al fisco o al oficio de fiscal.”

Siendo por definición, de la mencionada academia, fisco:

“Del lat. fiscus.
1. m. Erario, tesoro público.
2. m. Conjunto de los organismos públicos que se ocupan de la recaudación de impuestos.
3. m. Moneda de cobre de Venezuela, que equivalía a la cuarta parte de un centavo.”
Y Parafiscal:
De para- y fiscal.
1.      adj. Dicho de un tributo o de una tasa: Que no pertenecen a los impuestos fiscales.

En conclusión los impuestos fiscales son los que atribuimos al tesoro nacional, y los impuestos parafiscales son aquellos que sólo en algunos casos y de acuerdo a ciertas condiciones pertenecen a organismos gubernamentales.

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